Normas y responsabilidades en una piscina comunitaria

Desde el año 2013 existe una normativa para regular el uso de las piscinas comunitarias. Se trata del Real Decreto 742/2013 y establece los requisitos que deben cumplir, así como en quién recaen las responsabilidades en caso de siniestro o accidente.

Regular hasta tal punto el uso de la piscina de, por ejemplo, una urbanización puede parecernos a priori una exageración. Pero lo cierto es que, cuando los problemas surgen, conviene tener una hoja de ruta que nos indique los pasos a seguir.

Antes de la instauración de esta norma, eran las administraciones locales o autonómicas las encargadas de su regulación. Pero, el problema era que cambiaban los criterios de una comunidad a otra con el consiguiente problema legal que ello suponía en algunos casos.

Aparte de eso, esta norma determina que las piscinas de las comunidades de vecinos se consideran dentro del capítulo de las piscinas de uso privado y se rigen por sus normas. Unas reglas de obligado cumplimiento y que se resumen en varios puntos básicos.

Antes de nada, hay que precisar quién es el titular de la piscina. En el caso de una urbanización, será la comunidad de vecinos quien se erija como responsable del cumplimiento del Real Decreto, destinado a proteger la salud y a asegurar el buen estado del emplazamiento. En caso de reformas, los trabajos no puede realizarlos cualquiera sino que deben ajustarse a la normativa correspondiente.

Por otro lado, para mantener la higiene del agua hay que seguir un protocolo preestablecido y exige, además, el filtrado y desinfectado del caudal como paso previo a su entrada en la piscina. En este capítulo establece también qué productos químicos deben utilizarse para desinfectar y mantener el agua.

Este es, básicamente, el marco general para el uso adecuado y legal de las piscinas comunitarias. Pero luego cada comunidad autónoma desarrolla sus propias normas destinadas a prevenir siniestros o a evitar contagios. Por ejemplo, los gobiernos autónomos determinarán cuándo es obligatoria la presencia de un socorrista o de un médico en las instalaciones.

Respecto a las condiciones de seguridad, las comunidades deben  seguir al dedillo la norma, de cara a garantizar la integridad de los usuarios. Estas establecen que no deben existir elementos mobiliarios cerca de la piscina para evitar riesgos para los bañistas. Si existen vestuarios, hay que mantenerlos en buen estado para impedir incidentes y, en cuanto a los suelos, deben estar preparados para evitar accidentes. Las duchas deben estar en óptimas condiciones y son obligatorias las vallas de seguridad para preservar la integridad de los niños. Respecto a los horarios de uso de la piscina, es la propia comunidad la que debe establecerlo y publicitarlo adecuadamente junto con las normas de uso y prohibiciones.

Capítulo aparte merece el tema de los pasos a seguir en caso de accidente. Si se cumple con toda la normativa, la comunidad de vecinos no será responsable si se produce un accidente fortuito imposible de prever. Si el accidente se produce por culpa o imprudencia del afectado, tampoco será responsabilidad de la propiedad de la piscina comunitaria. En el caso de que  no se cumpla la normativa, se exigirá responsabilidad y una indemnización por daños para el afectado.

No obstante,  lo más aconsejable es encargar el mantenimiento y la conservación de las instalaciones comunitarias a una empresa especializada. De esta manera, será más fácil asegurar que todo funciona correctamente y que las instalaciones están bien conservadas. No conviene olvidar que estamos hablando de la seguridad de las personas y que un fallo en el cumplimiento de la seguridad y la normativa puede resultarnos muy caro.